Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1743/2012
Fecha: 01-Oct-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante por la entidad representada alega la vulneración del derecho a la defensa, a la legalidad, al debido proceso y a la aplicación objetiva de la ley, por cuanto dentro de un proceso ordinario de usucapión, habiendo el Alcalde del Gobierno Municipal de La Paz, a través de su representante, interpuesto recurso de casación en la forma contra el Auto de Vista 076/2006 de 4 de febrero, la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia dictó Auto Supremo 196, declarando infundado dicho recurso de casación, por lo que condenó en costas y reguló honorario de abogado en la suma de Bs500.-, contraviniendo la normativa legal que prescribe que el Estado no puede ser condenado en costas.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional y el principio de subsidiariedad
- III.2. Del recurso de explicación o complementación
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR