SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1743/2012
Fecha: 01-Oct-2012
II.2.
II.2. Mediante memorial de 29 de agosto de 2003, Mercedes Choque Vda. de Casas presentó demanda de usucapión a efectos de establecer definitivamente su derecho propietario (fs. 35 a 36). El 8 de mayo de 2004 se dictó Resolución 329/2004, por la que se declaró probada la demanda (fs. 59 a 60 vta.); ante la cual, la entidad accionante interpuso recurso de complementación y enmienda (fs. 80 y vta.), habiéndose emitido el Auto de 21 de mayo de 2005 por el que se dispuso no haber lugar a dicha complementación y enmienda (fs. 83). Seguidamente, la Alcaldía de La Paz apeló contra dicho fallo (fs. 92 a 98), y la Sala Civil Tercera dictó Auto de Vista 076/2006 de 4 de febrero, por el que anuló obrados hasta fs. 100 inclusive (fs. 113 y vta.). El 3 de marzo de 2006, la entidad edil pidió aclaración y complementación (fs. 115 y vta.), habiendo dicha Sala emitido Auto de 4 del mismo mes y año (fs. 116).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional y el principio de subsidiariedad
- III.2. Del recurso de explicación o complementación
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR