Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1753/2012
Fecha: 01-Oct-2012
II.2.
II.2. Por memorándum de 14 de septiembre de 2010, se tiene que la Cooperativa Minera Aurífera “Unificada San José” Ltda., comunicó al ahora accionante, su determinación de que el mismo transfiera y/o venda su acción dentro de la Cooperativa, en el plazo de noventa días, en aplicación al documento de 4 de mayo de igual año, en el cual, el mismo se comprometía a cambiar de actitud y no faltar al trabajo por encontrarse en estado de ebriedad (fs. 35).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- I.2.2. Informe de las personas demandadas
- “improcedencia”
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.2.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. La acción de amparo constitucional no es un mecanismo para procurar la celeridad del procedimiento administrativo
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR