Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1753/2012
Fecha: 01-Oct-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante, aduce como vulnerados sus derechos al debido proceso y al trabajo, en razón de que tras recibir memorándum comunicándole la determinación “del directorio en pleno” (sic), de que el ahora accionante, transfiera o venda su acción en la Cooperativa Minera Aurífera “Unificada San José” Ltda., de la cual era socio, otorgándole el plazo de noventa días para dicho efecto, al haber solicitado se reconsidere su situación no mereció respuesta alguna. En consecuencia, corresponde determinar en revisión, si los extremos demandados son evidentes para conceder o denegar la tutela solicitada
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- I.2.2. Informe de las personas demandadas
- “improcedencia”
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.2.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. La acción de amparo constitucional no es un mecanismo para procurar la celeridad del procedimiento administrativo
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR