Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1762/2012
Fecha: 01-Oct-2012
II.13
II.13. A fs. 160 a 161 de obrados cursa finiquito de 31 de mayo de 2010, del Ministerio de Trabajo Empleo y Previsión Social, que señala que Silvia Eugenia Uriona Justiniano, recibió a su entera satisfacción el monto de Bs4700.49 (Cuatro mil setecientos bolivianos 49/100); y cheque de gerencia por el mismo monto se tiene que se hizo efectiva la liquidación correspondiente a los beneficios sociales a la accionante.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- 1) Concediendo
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.10.
- II.11.
- II.13
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. De la protección a la mujer trabajadora en estado de gestación
- III.3. El derecho a la vida y el derecho a la salud
- III.4. Derecho a la seguridad social
- en el caso de trabajadora embarazada
- Fragmento 21
- III.7. Análisis del caso concreto
- concedido
- CONFIRMAR