Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1783/2012
Fecha: 01-Oct-2012
II.8.
II.8. Cursa el acta de audiencia de juicio oral de 20 de octubre de 2010, en la cual el abogado de la defensa José Luis Paredes Oblitas interpone “incidente de exclusión probatoria porque no cumple con los requisitos básicos, porque no se respetó el principio de legalidad en la obtención de la misma…” (sic)(fs.61).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- Fragmento 7
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- ”.
- III.2. Inclusión de pruebas obtenidas en la etapa preparatoria
- el ofrecimiento inexcusable de la prueba, oportunidad en la cual también debe presentarse física o materialmente, siempre que por su naturaleza sea posible, por ejemplo las pruebas literales obtenidas durante la etapa preparatoria, pueden y deben ser anexadas al requerimiento conclusivo;
- “Artículo 70º.- (Funciones del Ministerio Público).
- el derecho de toda persona a un proceso justo y equitativo, en el que sus derechos se acomoden a lo establecido por disposiciones jurídicas generales aplicables a todos aquellos que se hallen en una situación similar; comprende la potestad de ser escuchado presentando las pruebas que estime convenientes en su descargo
- Sobre el derecho a la igualdad
- Sobre la Seguridad Jurídica
- III.5. Análisis del caso concreto