SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1784/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1784/2012

Fecha: 01-Oct-2012

i)

El representante del Ministerio público expreso lo siguiente: i) Se estableció que el memorándum “1720/2009” se entregó al accionante el 31 de agosto de 2009, él tenía 8 días para presentarse en su nuevo destino, debió estar el 8 de septiembre; sin embargo, la Resolución impugnada señaló que presentó baja médica por un resfrío del 8 al 10 de septiembre, lo que dio lugar al proceso disciplinario contra el accionante, puesto que se presentó 15 días después o sea el 13 de septiembre del citado año; ii) En la Resolución no se consideró la baja médica de tres días; es decir, no se valoró esa prueba; iii) El Ministerio Público dictaminó y puso en consideración que debe fundamentarse cuales son las razones por las que no se valoró la baja médica, en consecuencia, sugirió que se anule la Resolución 1032/2009 y se dicte una nueva; y, iv) Se conceda la acción por falta de una valoración concreta.