SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1795/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1795/2012

Fecha: 01-Oct-2012

a)

La accionante, a través de su abogado, ratificó inextenso el memorial de la acción de amparo constitucional, y haciendo uso de la replica amplió lo siguiente: a) La parte accionada indicó que se hallan pendientes los recursos de revocatoria y jerárquico, cuando “dice la norma” (sic), que la reincorporación solo puede ser impugnada en la vía judicial, así que si recurrieron a un jerárquico es problema de los abogados, porque no es la vía; b) En cuanto a los contratos suscritos entre el SEDES y la accionante, se debió tener presente que la CPE establecía que los derechos de los trabajadores son irrenunciables y son nulas las convenciones contrarias, por lo que reiteró su solicitud para que se conceda el amparo solicitado.