SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1795/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1795/2012

Fecha: 01-Oct-2012

“Garantizar el acceso de las personas a la educación, a la salud y al trabajo”

El derecho a la salud no significa solamente el derecho a estar en contra de la enfermedad sino el derecho a una existencia con calidad de vida, entendimiento que en el actual orden constitucional encuentra mayor eficacia puesto que la salud es un valor y fin del Estado Plurinacional, un valor en cuanto el bienestar común respetando o resguardando la salud, conlleva al vivir bien, como previene el art. 8.II de la Constitución Política del Estado; pero también es un fin del Estado, tal cual lo establece el art. 9 num. 5) de la Constitución Política del Estado, al señalar que son fines y funciones esenciales del Estado, además de los que establece la Constitución y la Ley “Garantizar el acceso de las personas a la educación, a la salud y al trabajo”. Entendimiento que en el actual orden constitucional encuentra mayor eficacia, puesto, que la salud es un valor y fin del Estado Plurinacional, un valor en cuanto el bienestar común respetando el “vivir bien”, como previene el art. 8.II de la Constitución Política del Estado; pero también es un fin, tal cual lo establece el art. 9.5 de la Constitución Política del Estado, al señalar que: “Son fines y funciones esenciales del Estado, además de los que establece la Constitución y la ley (…) Garantizar el acceso de las personas a la educación, a la salud y al trabajo”.