Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1804/2012
Fecha: 01-Oct-2012
2°
2° Con referencia a la reincorporación y al pago retroactivo de los haberes, la institución deberá hacer efectivos los mismos hasta que el menor cumpla un año de edad, previa verificación de que el accionante paralelamente desde la fecha de su ilegal destitución no habría ocupado algún otro cargo en la administración pública, a efecto de evitar la doble percepción.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2 Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- Fragmento 8
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- III.3. Inamovilidad laboral de los progenitores, hasta que la hija o el hijo cumplan un año de edad
- III.4. Tutela en asuntos relacionados con contratos de trabajo a plazo fijo
- III.5. Análisis del caso concreto
- 1° REVOCAR en parte
- 2°