SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1810/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1810/2012

Fecha: 01-Oct-2012

III.3.  Análisis del caso concreto

En el caso en particular, el accionante señaló vulnerados sus derechos a la propiedad privada y su posesión, al trabajo y/o comercio y a la “seguridad jurídica”, en razón de que en la segunda quincena de agosto de 2010 un grupo de personas dirigidos por las demandadas, ingresaron a sus terrenos; y una vez que avasallaron el lugar, procedieron a repartirse los terrenos sin acreditar derecho alguno sobre los mismos.

Atendiendo a la jurisprudencia constitucional modulada, señalada en el Fundamento Jurídico III.2 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, se deben acreditar dos aspectos para que el caso sea considerado una medida de hecho que merezca tutela constitucional: uno es la existencia de medidas de hecho sin causa jurídica y el otro, es la titularidad del bien, lo que hará efectivo su derecho frente a terceros.

De la revisión de obrados, se tiene que el accionante ha presentado extensa documentación sobre la titularidad de los terrenos que busca defender; sin embargo, una vez individualizada ésta, algunos de estos elementos resultan insuficientes para acreditar dicho derecho propietario, sólo respecto a algunos de los predios identificados, aquellos sobre los que el Tribunal de garantías denegó la tutela solicitada y -ahora- el identificado como UV 156 B Mz. 10A. otes 1 al 28.