SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1811/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1811/2012

Fecha: 01-Oct-2012

III.3.  Análisis del caso concreto

En el presente caso, los accionantes aducen tener posesión pacífica y continuada por más de dos años de los puestos de venta en el mercado “20 de abril” de la urbanización Satélite Norte provincia Warnes del departamento de Santa Cruz; empero, el 14 de octubre de 2010, un grupo de personas aduciendo pertenecer a una asociación en forma violenta y repentina les despojaron de sus puestos de trabajo, conculcando sus derechos al trabajo y a la propiedad privada.

Tomando en cuenta que la acción de amparo constitucional es un medio de defensa, de trámite especial y sumarísimo para restablecer y restituir el goce de derechos fundamentales y garantías constitucionales, vulnerados por la acción u omisión de servidoras y servidores públicos así como de personas particulares, en ese sentido a través de esta acción los accionantes pretenden la protección de sus derecho posesorio que presuntamente habría sido despojado, para lo cual presentaron en calidad de prueba, recibos de aportes para realizar trámites de la asociación “20 de abril”, a nombre de Benita Sandoval Bejarano, Ysabel Rivero, “Ernan” Pedril, Edid Balcázar Alemán, “Edit” Balcázar, Osvaldo Vaca, Oswaldo Roca Varba y Martha Moreno; así como fotografías, sin data, fecha o referencia de la procedencia, en las cuales se observa construcciones y otra documentación que no demuestra ni su derecho posesorio menos que hubieran ingresado mediante vías de hecho.