Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1848/2012
Fecha: 12-Oct-2012
II.4.
II.4. Memorial dirigido al Subregistrador de DD.RR. de Uyuni, presentado por Fernando Nina Aguilar, solicitando pronunciamiento sobre la inscripción impetrada, como dueño del inmueble y en atención al fallo dictado dentro del proceso de usucapión; con cargo de recepción de 15 de febrero de 2011 (fs. 12); y, providencia de la misma fecha que señala: “Resérvese hasta que el Juez se pronuncie respecto a la representación emitida por mi autoridad, adjunto a la nota de atención de fecha 23 de septiembre de 2009, dirigida al Juez en Suplencia Legal de Atocha…” (sic) (fs. 64 vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- b)
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 2)
- i)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- “…regular la estructura organización y funcionamiento del Tribunal Constitucional Plurinacional”
- cuando considere necesario
- III.3. Análisis del caso concreto
- afectación directa de sus derechos
- ANULAR