SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1938/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1938/2012

Fecha: 12-Oct-2012

i)

Solicita se conceda la tutela; y, en consecuencia: i) Se determine la nulidad de todos los actos y resoluciones asumidas por la “Directiva Transitoria” del MAS-IPSP de Huacareta, a partir del Voto Resolutivo de 20 de mayo de 2011; y, ii) Se conmine a los demandados a abstenerse de participar en cualquier acto político del MAS-IPSP como “Directiva Transitoria”, ordenando también devolver el libro de actas que detentan ilegalmente.

De la misma forma, Fanny Torres, también en audiencia sostuvo: i) “…existe un acta donde se lo desconoce al ahora accionante y mi persona tampoco estaba ejerciendo un cargo dentro de la directiva” (sic); ii) “…la Sra. Edith fue ella quien convocó a elecciones para un nuevo congreso, existiendo pruebas, actas donde mi persona fungía como vicepresidenta, por ausencia tuve que asumir, existen actas firmadas por más de 400 personas y respaldo del alcalde, presidente del Concejo…” (sic).

Ahora bien, en mérito al objeto y causa de la presente acción de tutela, con la finalidad de desarrollar una coherente argumentación jurídico-constitucional, este fallo desarrollará las siguientes problemáticas: i) La vigencia de los derechos fundamentales en el nuevo modelo de Estado y su eficacia tanto vertical como horizontal; ii) Las vías de hecho y los presupuestos para su tutela; iii) Los actos lesivos continuos en vías de hecho y el cómputo del plazo de caducidad para la activación de la acción de amparo constitucional; y, iv) Las características de las líneas jurisprudenciales complementarias y su entendimiento sistémico.