SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1938/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1938/2012

Fecha: 12-Oct-2012

II.7.

II.7.  Por Resolución 07/11 de 4 de octubre de 2011, la Dirección Departamental Chuquisaca del MAS-IPSP, resuelve de manera expresa: “SEGUNDO.- Dar nuestro respaldo incuestionable a nuestro hermano Porfirio Callejas Velásquez, quien ha sido elegido en cumplimiento de nuestro estatuto e instancias orgánicas del Instrumento…” (sic). “CUARTA.- Desconocer y rechazar pseudos convocatorias a Congresos extraordinarios como el señalado para el día 1 de octubre del año en curso, como asimismo cualquier otra convocatoria y/o actos ilegales que no respeten el Estatuto Orgánico del MAS-IPSP…”(sic). “QUINTA.- Disponer que de forma inmediata se devuelva y se restituya el libro de actas y cuaderno de apuntes entregándose al Presidente de la Dirección del Municipio de Huacareta, compañero y hermano Porfirio Callejas Velásquez, quien es nuestro representante legítimo único y orgánico del MAS-IPSP reconocido por todas nuestras organizaciones sociales”(sic) (fs. 34 a 36).