SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1956/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1956/2012

Fecha: 12-Oct-2012

1)

Con el derecho a la réplica manifestó: 1) Desconocen quien es Luis Fernando Bejarano Balcázar y que tal persona sea el propietario del predio “LA FORTUNA”, el accionante viene trabajando en la propiedad por veintitrés años y tiene toda la infraestructura que requiere una empres agrícola; 2) Se solicita se notifique uno por uno a los trescientos avasalladores, hecho humanamente imposible, si cuando uno se acerca, responden con actos de violencia, amenazantes, siendo ellos quienes no han respetado el debido proceso; 3) No existe ninguna relación de identidad con el proceso de anulabilidad que se alega, ni siquiera se conoce a las partes, la presente demanda constitucional versa sobre el avasallamiento de la propiedad “LA FORTUNA”, contra trescientos avasalladores. 4) Es evidente la existencia de un proceso en el INRA, pero dicha demanda es de saneamiento simple, iniciada por Ramiro Cuellar y el mismo se encuentra en estado de pronunciarse resolución final de saneamiento  y titulación, extremos que acreditan que han cumplido con todas las formalidades que exige la Constitución Política del Estado, la Ley INRA, así como el Decreto Supremo 29215; y, 5) Niegan el avasallamiento; sin embargo, en varias publicaciones han expresado que han decidido ingresar por la fuerza, actualmente han levantado carpas precarias, no es cierto que hubiesen comprado de buena fe, pues de ser así, el vendedor les hubiese entregado la posesión, hecho que no ocurrió.