SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1989/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1989/2012

Fecha: 12-Oct-2012

II.2.

II.2.    Los accionantes adjuntan varias documentales a su demanda, sobre la propiedad de los terrenos que indican, ubicados en el cantón “El Cerro” de la provincia Chiquitos de Santa Cruz; y por otro lado, que ese derecho no se encuentra controvertido, porque no consta ningún proceso en su contra por la titularidad de esos terrenos; en ese sentido: 1) Cornelio Unger Wiebe, cuenta con el testimonio 184/2009 de 26 de octubre, de transferencia de inmueble, por el que adquiere una parcela de terreno (fs. 121 a 122 vta.) y certificación de 26 de agosto de 2010, emitida por el Secretario del Juzgado Agrario de Pailon, provincia Chiquitos del Distrito Judicial -ahora departamento- de Santa Cruz; en la que no figura con proceso alguno (fs. 120); 2) Ángel Salazar Durán, cuenta con el testimonio 190/2009 de 29 de octubre, de transferencia de inmueble, por el que adquiere una parcela de terreno (fs. 155 a 157 vta.) y Certificación de 2 de septiembre de 2010, emitida por el Secretario del Juzgado Agrario de Pailon; en la que no figura con proceso alguno (fs. 154); 3) Adolfo El Hage Vicenti, cuenta con Testimonio inscrito en el registro de propiedad, Oficina de Derechos Reales (DD.RR.) de Santa Cruz, adquiere la parcela rústica “El Rocío” (fs. 108 a 109); propiedad inscrita bajo la matrícula 7.05.1.02.0001023 (fs. 97); 4) Petrus Buehler Driedger, cuenta con el testimonio 179/2009 de 21 de octubre, de transferencia de inmueble, por el que adquiere una parcela de terreno (fs. 162 a 164 vta.) y certificación de 2 de septiembre de 2010, emitida por el Secretario del referido Juzgado Agrario; en la que no figura con proceso alguno (fs. 161);