SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1997/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1997/2012

Fecha: 12-Oct-2012

En el caso de las personas que tiene idénticas situaciones legales sujetas a la aplicación de una norma determinada, deben recibir el mismo tratamiento, lo contrario seria no respetar el principio de igualdad, en su vertiente de “igualdad de trato”.

En cuanto al “derecho a la igualdad”, es menester referirse que los Gobiernos Autónomos Municipales, como parte del Estado, se sustentan en los valores de igualdad, mismo que se constituye en un principio supremo, destinado a establecer un orden de igualdad real en sus jurisdicciones, donde no exista privilegios ni trato desigual entre los ciudadanos y se aplique la norma o ley municipal igualitariamente. En el caso de las personas que tiene idénticas situaciones legales sujetas a la aplicación de una norma determinada, deben recibir el mismo tratamiento, lo contrario seria no respetar el principio de igualdad, en su vertiente de “igualdad de trato”.