SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2004/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2004/2012

Fecha: 12-Oct-2012

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Por referencia de una comercial inmobiliaria, nominada “JESHUA” (sic), tuvo conocimiento de un inmueble en el que tomó en alquiler un departamento, adelantando la suma de $us 200.-(Doscientos dólares estadounidenses), del cual hasta la fecha de iniciada la acción tutelar, no se tiene factura, trasladándose con su familia el 21 de noviembre de 2010; dos días después, el ahora demandado, propietario del inmueble, le señaló que quería dar dicho departamento en un contrato mixto, anticrético y alquiler; ante la negativa del accionante, de tomar dicha modalidad, por la imposibilidad de pagar el anticrético, el propietario les señaló que debían desocupar el departamento.

Es así que, al continuar el demandado con la intención de que desocuparan el departamento, bajo diferentes argumentos; acudió a la comercial donde se le dio la referencia del inmueble en alquiler, y por intermedio de la misma acordó con el propietario en el pago de $us 250.-(doscientos cincuenta dólares estadounidenses), tras varios argumentos del demandado no pudo suscribir un contrato de alquiler y por ende la negativa a efectuar el pago de alquileres por parte del accionante; motivo por el cual, el ahora demandado agredió verbalmente al accionante y a su familia, en numerosas oportunidades, mediante amenazas e insultos; incluso trató de amedrentarlo haciéndolo buscar con una supuesta abogada y juez de nombre Analía Fernandez y un supuesto investigador de apellido Salamanca, de la Fuerza Especial de Lucha contra el Crimen (FELCC), a los cuales no pudo encontrar en las instituciones de las que dieron referencia.

El 28 de enero de 2011, a presión del ahora demandado, se firmó un documento de resolución de contrato y reconocimiento de deuda, en el cual el accionante se comprometió a pagar la suma de $us 250.-(Doscientos cincuenta dólares estadounidenses) el 10 de febrero de 2011 y $us 400.-(Cuatrocientos dólares estadounidenses) el 15 del mismo mes y año; pagos que fueron incumplidos, por el accionante debido a problemas económicos; por lo que el demandado el 11 de dicho mes y año, procedió con el corte de luz y agua, hasta que se le cancele lo adeudado, bajando la palanca de luz y cerrando los medidores con un candado, asimismo cerró la válvula de agua y cortó el acceso hacia la misma; incluso llegó a cambiar el cerrojo de la puerta de calle, impidiéndoles el ingreso; lo que les impidió sacar sus cosas del inmueble.