Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0125/2012-RCA-SL-BIS
Fecha: 19-Nov-2012
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 11/2011 de 9 de septiembre, cursante de fs. 100 a 102 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Miguel Vásquez Mamani en representación legal de “Industrias Agrícolas Bermejo Sociedad Anónima (I.A.B.S.A.)” contra Adolfo Irahola Galarza, Vocal de la Sala Civil Segunda; y, María Cristina Díaz Sosa, Vocal de la Sala Civil Primera ambos de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Tarija.
- acción de amparo constitucional
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- a)
- 1)
- improcedente in limine
- II.1. Aplicación de la Ley 1836 para la liquidación de acciones tutelares ingresadas hasta el 31 de diciembre de 2011
- Fragmento 7
- II.2. Revisión de las resoluciones de rechazo e improcedencia por la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional en las acciones de defensa
- VI. Fijar con precisión el amparo que se solicita para preservar o restablecer el derecho o la garantía vulnerados o amenazados
- II.4. Sobre los requisitos de admisión del amparo constitucional
- II.4.1. Exponer con precisión y claridad los hechos que le sirvan de fundamento
- II.4.2. Precisar los derechos o garantías que consideren suprimidos o amenazados
- II.4.3. Fijar con precisión el amparo que se solicita para preservar o restablecer el derecho o la garantía vulnerados o amenazados
- II.5. Análisis del caso concreto
- POR TANTO