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    AUTO CONSTITUCIONAL 0130/2012-RCA-SL
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0130/2012-RCA-SL

    Fecha: 23-Nov-2012

    II)

          En cuanto a los demandados, se tiene que el accionante dirigió la acción contra Edmundo Condori Limachi, Gustavo Huallpara y Alberto Roque Roque; Presidente, Vocal y Secretario, respectivamente del Tribunal Disciplinario del distrito de Educación de Charaña; y Sebastián Gutiérrez Quispe, Director del Servicio Departamental de Educación, señalando el domicilio de cada uno de los nombrados.

    • Fragmento 1
    • I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
    • improcedencia in limine
    • II.1.  Aplicación de la Ley 1836 para la liquidación de acciones   tutelares ingresadas hasta el 31 de diciembre de 2011
    • II.2.  Requisitos de admisibilidad de la acción de amparo constitucional
    • II.3.  Análisis del caso concreto
    • II)
    • a)
    • III) Exposición con claridad de los hechos
    • VI) Fijar con precisión la tutela que se solicita para restablecer el derecho o la garantía amenazados o vulnerados
    • POR TANTO

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