Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0130/2012-RCA-SL
Fecha: 23-Nov-2012
III) Exposición con claridad de los hechos
El accionante, ha expuesto con claridad y precisión los hechos que sirven de fundamento en la presente acción de defensa al señalar que, en su condición de maestro de Jalsuri de la comunidad Copacati de la provincia Pacajes del departamento de La Paz, fue objeto de acusación por la supuesta comisión del delito de violación; y no obstante que la Fiscalía determinó la inexistencia del delito endilgado, fue objeto de proceso disciplinario a cuya emergencia se determinó la suspensión de sus funciones como docente; habiendo acudido a las instancias pertinentes a objeto de la revocatoria de la determinación de suspensión definitiva, logrando resultados adversos.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- improcedencia in limine
- II.1. Aplicación de la Ley 1836 para la liquidación de acciones tutelares ingresadas hasta el 31 de diciembre de 2011
- II.2. Requisitos de admisibilidad de la acción de amparo constitucional
- II.3. Análisis del caso concreto
- II)
- a)
- III) Exposición con claridad de los hechos
- VI) Fijar con precisión la tutela que se solicita para restablecer el derecho o la garantía amenazados o vulnerados
- POR TANTO