AUTO CONSTITUCIONAL 0130/2012-RCA-SL
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0130/2012-RCA-SL

Fecha: 23-Nov-2012

II.3.  Análisis del caso concreto

  En el caso objeto de análisis, el accionante refiere que durante tres años desempeñó labores de profesor en “Jalsuri de la comunidad de Copacati de la provincia Pacajes del departamento de La Paz”, y fue suspendido a raíz de una denuncia formulada en su contra, no obstante que la Fiscalía determinó que no existió el supuesto hecho ilícito.

  Respecto de los requisitos de admisibilidad, de antecedentes se colige que, el accionante cumplió con todos los requisitos previstos en el art. 97 de la LTC, siendo que fijó con precisión la tutela que se solicita para restablecer los derechos o garantías restringidos, suprimidos, amenazados o vulnerados, además de existir la relación de causalidad que necesariamente debe darse entre los hechos, los derechos vulnerados y la petición.