Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0155/2012-RCA-SL
Fecha: 30-Nov-2012
d)
d) El derecho de legalidad y la aplicación objetiva de la ley (art. 14.V de la CPE) así como el derecho de tutela judicial efectiva, fueron contrariados por las autoridades accionadas, al no haber cumplido los preceptos legales que norman sus actividades y la atribuciones que la ley le confiere, negándole la tutela judicial efectiva al Municipio y su derecho subjetivo, por la ausencia de protección del órgano jurisdiccional al guardar silencio respecto de las irregularidades cometidas por el Tribunal de segunda instancia, contempladas en los arts. 14.V, 120.I, 115.II, 235.I de la CPE y arts. 1.I, 192.2 y 3, 196, 204.III, 331, 435, 436.I y 441 del CPC y 1311 del CC.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- a)
- b)
- c)
- d)
- I.3. Petitorio
- rechazó
- Fragmento 9
- II.1. Aplicación de la Ley 1836 para la liquidación de acciones tutelares ingresadas hasta el 31 de diciembre de 2011
- la prueba documental que la parte accionante debe acompañar a su demanda o la que señala en su ubicación debe ser idónea es decir original o en su caso legalizada ello no impide
- II.4. Análisis del caso concreto
- POR TANTO