Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0193/2012-RCA
Fecha: 07-Nov-2012
I.3. Petitorio
Solicita se admita la acción de amparo constitucional, disponiendo se dejen sin efecto las providencias: 24-01128-11 de 21 de septiembre de 2011, 24-02388-11 de 14 de noviembre del año mencionado; 24-00380-12 de 21 de marzo, 24-01187-12 de 27 de julio y Resolución 25-04308-12 de 13 de septiembre, todos de 2012, disponiendo además que la autoridad demandada dicte nueva resolución administrativa debidamente fundamentada sobre la petición de prescripción presentada por la accionante.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.3. Petitorio
- improcedencia in limine
- Fragmento 5
- II.1. Revisión de las resoluciones de rechazo e improcedencia in limine por la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.2.
- b) cuando no se utilizó un medio de defensa previsto en el ordenamiento jurídico
- la persona que ha podido sufrir una vulneración a algún derecho fundamental, atendiendo razones particulares, puede consentir de manera expresa la lesión o amenaza a esos derechos, o simplemente adoptar una posición pasiva
- excepción a la regla de procedencia del amparo constitucional contra actos u omisiones ilegales o indebidos que restrinjan o supriman los derechos fundamentales o garantías constitucionales
- Esta causal que debe entenderse objetivamente como cualquier acto o acción que el titular del derecho fundamental realice ante la autoridad o particular que supuestamente lesionó el mismo
- proveído 24-01128-11 de 21 de septiembre de 2011
- Fragmento 13
- CONFIRMAR