Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2069/2012
Fecha: 08-Nov-2012
II.7.
II.7. El 19 de septiembre de 2012, a horas 15:30, el Fiscal accionado, dio a conocer al Juez Primero de Instrucción en lo Penal de El Alto la imputación formal contra los accionantes y otros por el presunto delito de robo agravado pidiendo la aplicación de medidas cautelares de carácter personal. Juez que por decreto de 20 del citado mes y año, señaló audiencia de aplicación de medidas cautelares para ese día a horas 10:30 (fs. 11 a 14 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1.
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.4.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.1.1. El derecho a la libertad personal en la Constitución Política del Estado
- III.1.2. De la acción de libertad
- III.1.3. Sobre las formas de resolución de las acciones de libertad
- III.1.4. La acción de libertad en el Código Procesal Constitucional
- III.2. De las acciones de libertad presentadas directamente ante la justicia constitucional y la aplicación del art 54.1 del CPP
- cualquier acto ilegal y/o arbitrario durante la investigación en que incurriere el Ministerio Público como titular de la acción penal o la Policía Boliviana como coadyuvante, deberá ser denunciado ante el Juez de Instrucción en lo Penal, que tenga a su cargo el control jurisdiccional de la investigación
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR