Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2124/2012
Fecha: 08-Nov-2012
1)
1) Se deje sin efecto jurídico cualquier mandamiento de condena u orden de aprehensión emitidos dentro del proceso penal seguido por los representantes de “Fortaleza” SAFI S.A. contra María Elena Soza Moya; y, 2) Se anule y deje sin efecto obrados hasta la Resolución 370/2007 de 18 de octubre dictada por la Jueza Segunda de Sentencia Penal, por las violaciones alegadas en el presente memorial; el Auto de Vista 175/08 de 3 de marzo pronunciado por la Sala Penal Primera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz; y, el “Auto Supremo 537 de 6 de noviembre de 2010” dictado por la Sala Penal Primera de la entonces Corte Suprema de Justicia.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- iv)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. La acción de libertad y la tutela que brinda referida al debido proceso
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR