SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2124/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2124/2012

Fecha: 08-Nov-2012

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante por su representada, señala que se ha vulnerado su derecho al debido proceso en sus elementos de: fundamentación, congruencia y prohibición de revalorización de prueba, porque la Jueza, así como los Tribunales de apelación y casación, en su momento, infringieron normas procesales. En ese sentido, la Resolución 370/2007 no fundamentó sobre la prueba de descargo y no respetó el principio de congruencia, porque aceptó la concurrencia de víctimas múltiples, un hecho jamás acusado. El Auto de Vista 175/08 no fundamentó sobre cómo se consideró la prueba de descargo en la Resolución apelada, ni fundamentó sobre la incongruencia denunciada; aún peor, agravó la pena impuesta sin tener facultad para hacerlo, revalorizando la prueba. El Auto Supremo 471, también realizó su propia revalorización de la prueba y declaró infundado el recurso de casación sin realizar una debida fundamentación. Estos son los elementos que alega amenazan cierta y directamente su derecho a la libertad; en consecuencia, corresponde en revisión, verificar si tales extremos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.