Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2126/2012
Fecha: 08-Nov-2012
II.1.
II.1. Por memorial presentado el 16 de febrero de 2011, Nemecio Fernández Mamani, dentro del proceso penal seguido en su contra, por el Ministerio Público, por la presunta comisión del delito de violación, solicitó al Tribunal Tercero de Sentencia Penal del Distrito Judicial -ahora departamento- de Cochabamba, la cesación a la detención preventiva (fs. 8 y vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- 'la existencia de la garantía constitucional en análisis, no implica que todas las lesiones al derecho a la libertad tengan que ser necesariamente reparadas de manera exclusiva y excluyente a través del hábeas corpus
- la acción de libertad no procederá en los casos en que, previendo la norma procesal ordinaria, medios de defensa eficaces y oportunos para la protección de los derechos que tutela, estos no hubiesen sido utilizados previamente a su interposición por el accionante;
- al recurso de apelación incidental, para el caso de medidas cautelares se constituye en el medio idóneo e inmediato para el restablecimiento del derecho a la libertad
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR