SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2137/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2137/2012

Fecha: 08-Nov-2012

i)

Beatriz Cortez Vásquez, Presidenta de Sala Penal Primera y Gregorio Orozco Itamari Vocal de la Sala Penal Segunda, ambos de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Oruro, mediante informe cursante de fs. 18 a 20 vta., que fue presentado el 14 de abril de 2011, señalaron que: i) Pronunciaron el Auto de Vista 01/2011 de 4 de enero, confirmando la Resolución 134/2010 de 6 de noviembre, del Tribunal Segundo de Sentencia Penal, por haberse aplicado correctamente la norma procesal vigente a momento de celebrar la audiencia de solicitud de cesación de detención preventiva de los ahora accionantes; ii) No sería evidente que los accionantes, estén indebidamente procesados y privados de su libertad, porque no se puede exigir la aplicación de un artículo derogado como es el 239 de la Ley 1970, cuando a momento de