SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2137/2012
Fecha: 08-Nov-2012
II.2
II.2 Contra del Auto 134/2010, los ahora accionantes, plantearon recurso de apelación incidental, recurso que fue resuelto por los Vocales ahora demandados, mediante Auto de Vista 01/2011 de 4 de enero, confirmando el auto apelado, donde entre otros se refiere a que como resultado del proceso penal por el delito de asesinato y otro correspondiente al caso, los ahora accionantes tienen sentencia condenatoria en su contra, donde se les impuso la condena de treinta años de privación de libertad, y que los mismos, con anterioridad solicitaron la cesación a su detención el 11 de mayo de 2010, habiéndose señalado audiencia al efecto, para el 24 de mayo de 2012, audiencia que se suspendió, por lo que procedieron a realizar una nueva solicitud de cesación el 25 de mayo del mismo año, sin reiterar su solicitud de 11 de mayo de 2010, ni justificar su inconcurrencia a la audiencia de 24 de mayo del mismo año, y que en todo caso la Ley 007, ya se hallaba vigente, en consecuencia, el Tribunal a quo aplicó la Ley en vigencia de forma correcta (fs. 5 a 7).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- iii)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- El informalismo
- Fragmento 14
- III.2. Con relación al indebido procesamiento en la acción de libertad
- Fragmento 16
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR