SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2151/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2151/2012

Fecha: 08-Nov-2012

III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica

La acción de amparo constitucional se encuentra establecida en el art. 128 de la CPE, se la instituye como una acción tutelar de defensa contra actos u omisiones ilegales o indebidas de los servidores públicos, o de persona individual o colectiva, que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir los derechos reconocidos por la Constitución Política del Estado y la ley.

De acuerdo a la disposición constitucional citada, la acción de amparo constitucional es una acción de defensa de todos los derechos fundamentales y garantías previstas en la Ley Fundamental, en los Pactos y Tratados sobre derechos humanos ratificados por nuestro Estado Plurinacional, salvo los derechos a la libertad y a la vida -cuando éstos se encuentren vinculados a la libertad-, que está bajo la protección de una acción específica como la acción de libertad.