Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2197/2012
Fecha: 08-Nov-2012
II.6.
II.6. La Jefatura Departamental de Trabajo, Empleo y Previsión Social de Cobija, mediante Resolución 02/2012 de 23 de julio, dispuso la inmediata reincorporación del accionante al mismo puesto que ocupaba antes de su despido, así como el pago de los salarios que dejó de percibir hasta el momento de su reincorporación, todo bajo conminatoria de ley (fs. 5 a 6).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Excepción al principio de subsidiariedad en la acción de amparo constitucional: protección a mujer trabajadora en estado de gestación
- empero, tratándose de resguardar y/o proteger derechos primarios de la mujer trabajadora embarazada y del ser en gestación, cuya protección es urgente e inmediata, ante el retiro intempestivo de la fuente laboral que provoca la suspensión del derecho a la seguridad social que a su vez resguarda y garantiza el derecho a la salud, poniendo en riesgo el derecho a la vida que no puede estar supeditado al agotamiento previo de otras vías o instancias legales
- III.2. Tutela reforzada de la garantía de inamovilidad laboral en el caso de mujeres en estado de gestación o
- “I.
- Entre los grupos de atención prioritaria, están justamente las mujeres embarazadas y los niños
- III.
- protección que en virtud a lo dispuesto en el art. 48.VI de la CPE ahora alcanza también a los progenitores
- CONFIRMAR