SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2197/2012
Fecha: 08-Nov-2012
III.2. Tutela reforzada de la garantía de inamovilidad laboral en el caso de mujeres en estado de gestación o
El art. 45.V de la CPE, precisa que: “Las mujeres tienen derecho a la maternidad segura, gozando de especial asistencia y protección del Estado durante el embarazo, parto y los periodos de prenatal y posnatal” normativa que se halla complementada con el art. 48.VI de la Norma Fundamental cuando señala: “Las mujeres no podrán ser discriminadas o despedidas por su situación de embarazo, garantizando la inamovilidad laboral de las mujeres en estado de embarazo, y de los progenitores hasta que la hija o el hijo cumpla un año de edad”, protección que se vincula con los derechos a la salud y a la vida.
La Ley 975 de 2 de marzo de 1988, ha establecido la inamovilidad de la mujer en periodo de gestación hasta el año de nacimiento de su hijo o hija en su puesto de trabajo tanto en instituciones públicas o privadas aplicándose dicho entendimiento a situaciones por descenso de categoría SC 0310/2000-R de 6 de abril), reducción de horas de trabajo (SC 0483/2002-R de 26 de abril), permuta de ítem (SC 0765/2003-R de 6 de junio), negativa a reincorporación por haber salido con baja médica (SC 0602/2005-R de 3 de junio), por cambio de lugar de trabajo (SC 0296/2006-R de 29 de marzo), entre otras.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Excepción al principio de subsidiariedad en la acción de amparo constitucional: protección a mujer trabajadora en estado de gestación
- empero, tratándose de resguardar y/o proteger derechos primarios de la mujer trabajadora embarazada y del ser en gestación, cuya protección es urgente e inmediata, ante el retiro intempestivo de la fuente laboral que provoca la suspensión del derecho a la seguridad social que a su vez resguarda y garantiza el derecho a la salud, poniendo en riesgo el derecho a la vida que no puede estar supeditado al agotamiento previo de otras vías o instancias legales
- III.2. Tutela reforzada de la garantía de inamovilidad laboral en el caso de mujeres en estado de gestación o
- “I.
- Entre los grupos de atención prioritaria, están justamente las mujeres embarazadas y los niños
- III.
- protección que en virtud a lo dispuesto en el art. 48.VI de la CPE ahora alcanza también a los progenitores
- CONFIRMAR