Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2216/2012
Fecha: 08-Nov-2012
2°
2° Llamar la atención al Tribunal de garantías por no adjuntar la prueba pertinente al objeto procesal conforme el entendimiento contenido en la SCP 0087/2012 de 19 de abril y por no remitir la Resolución 3/2012 de 5 de octubre, dentro del plazo de las veinticuatro horas establecidas por el art. 126.IV de la CPE.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- por medio del hábeas corpus traslativo o de pronto despacho, se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 10
- celeridad
- 2°