SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2236/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2236/2012

Fecha: 08-Nov-2012

concedió

La Sala Social, Administrativa y Tributaria del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución 245/2012 de 4 de octubre, y la de Complementación 246/2012 de 5 de octubre, cursantes de fs. 402 a 404 vta. y 406, por la que concedió la tutela, con los siguientes fundamentos: 1) El juzgador en sus decisiones, más aún en las que anula, debe considerar los efectos de dicha nulidad, su utilidad práctica y su trascendencia. En el caso presente, se advierte que la nulidad dispuesta resulta poco útil para consolidar el fin perseguido; por cuanto; para el momento de la nulidad dispuesta el apelante ya había adquirido la mayoría de edad; por lo que, al presente, para reconducir la demanda o para volverse a tramitar la misma no se requiere ya de la intervención de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia, mucho menos de la designación de un curador ad litem; de tal modo que, retrotraer el proceso para cumplirse ese propósito, resulta innecesario;