Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2236/2012
Fecha: 08-Nov-2012
II.3.
II.3. En fecha 8 de mayo de 2010, los demandados se apersonaron ante la Jueza Sexta de Instrucción en lo Civil dentro de la demanda de acción pauliana, dos de ellos (Segundino e Ismael Ventura Cruz) a través de su padre, solicitando una audiencia de conciliación, la misma que fue fijada por la Jueza de la causa; y sin embargo, nunca se hicieron presentes; por lo que, el 10 de febrero de 2011, se dictó el respectivo fallo declarando probada la demanda y disponiendo la revocatoria de la transferencia a título gratuito efectuada por Sebastián Ventura Chávez en favor de sus siete hijos, debiendo en consecuencia, retornar dicho inmueble al patrimonio del primero (fs. 126 y 150 a 154).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a
- concedió
- 2)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El instituto procesal de la cosa juzgada
- III.2. El juicio de razonabilidad y la justicia material en el sistema de administración de justicia
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR