Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2236/2012
Fecha: 08-Nov-2012
II.5.
II.5. En fecha 8 de diciembre de 2011, Segundino Ventura Cruz, uno de los demandados e hijo de Sebastián Ventura Chávez, se apersonó al proceso solicitando nulidad de obrados, argumentando que su persona era menor de edad cuando se procedió a su citación mediante cédula, y que por tanto no pudo asumir su respectiva defensa; toda vez que la misma correspondía a sus padres. Dicho incidente de nulidad fue respondido por el ahora apelante mediante memorial de 16 de diciembre de 2011; por lo que, el 20 del mismo mes y año se dictó el respectivo fallo rechazando el incidente referido (fs. 241 a 242 vta., 246 a 248).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a
- concedió
- 2)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El instituto procesal de la cosa juzgada
- III.2. El juicio de razonabilidad y la justicia material en el sistema de administración de justicia
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR