SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2246/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2246/2012

Fecha: 08-Nov-2012

III.4. Del recurso de queja previsto en el Reglamento del Régimen Disciplinario de las Unidades académicas de grado de la UNIPOL

La queja se presenta ante la instancia superior de la autoridad que tramita el procedimiento, salvo que dicha autoridad sea la CRD, en cuyo caso se presentará ante la misma autoridad que tramita el procedimiento para que la eleve a la instancia superior que corresponda, bajo responsabilidad y en un plazo no mayor a 48 horas”.

En el contexto señalado, el art. 81 del Reglamento de referencia, determina que presentada la queja, la instancia superior solicitará a la autoridad cuestionada un informe sobre los hechos denunciados dentro de los dos días hábiles siguientes de la notificación de la solicitud. Vencido dicho plazo, la instancia superior tiene tres días hábiles para resolver la queja, debiendo notificar tanto al cursante que formuló la queja como a la autoridad involucrada el resultado del procedimiento.