SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2321/2012
Fecha: 16-Nov-2012
II.3.
II.3. Mediante el informe de allanamiento, correspondiente al caso 11000765, dirigido por la Oficial Investigadora del Centro Especial de Investigación Policial (CEIP), al Jefe Departamental del CEIP de La Paz, que en sus partes sobresalientes, señala que el Supervisor del Condominio Toborochi, manifestó que Guillermo Rafael Cecilio Jose Olle Romero, no estaría viviendo en ese lugar, constatando que el departamento 1704 - piso 7 se encontraba cerrado y asegurado con dos chapas, una magnética que no se logró abrir, ante lo cual, tanto los efectivos policiales como el Fiscal a cargo se retiraron del lugar, recabando información sobre la placa y el tipo de vehículo de transportación y de la fecha probable de traslado de domicilio efectuado por el imputado (fs. 6).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- “improcedente”
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación
- III.2. El juez cautelar como contralor de la investigación
- III.3. De la indebida privación de libertad y la modulación de línea jurisprudencial de la SC 0080/2010-R de 3 de mayo
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- III.4. Análisis del caso concreto
- i)
- CONFIRMAR