SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2326/2012
Fecha: 16-Nov-2012
III.2. Alcances de la tutela al debido proceso a través de la acción de libertad y procesamiento ilegal o indebido
Al respecto, la jurisprudencia constitucional, a través de la SC 0699/2010-R de 26 de julio, determinó los alcances de la tutela al debido proceso a través de esta acción de defensa, cuando señaló que: '…la jurisprudencia de este Tribunal ha dejado claro que:… «la protección que brinda el recurso de hábeas corpus en cuanto al debido proceso se refiere, no abarca a todas las formas en que el mismo puede ser infringido, sino sólo a aquellos supuestos en los que está directamente vinculado al derecho a la libertad personal o de locomoción, por operar como causa de su restricción o supresión, correspondiendo en los casos no vinculados a la libertad utilizar las vías legales pertinentes» (SSCC 1034/2000-R, 1380/2001-R, 0940/2003-R, 1758/2003-R y 0219/2004-R)'. En ese entendido, sólo podrá otorgarse la tutela cuando sea evidente que el derecho a la libertad fue restringido, suprimido o amenazado, o cuando se constate que la inobservancia al debido proceso es la causa directa para restringir, suprimir o amenazar dicho derecho”.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- Fragmento 7
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- Fragmento 14
- III.2. Alcances de la tutela al debido proceso a través de la acción de libertad y procesamiento ilegal o indebido
- Fragmento 16
- Notificación personal con la liquidación de asistencia familiar
- III.4. Jurisprudencia aplicable al caso concreto
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR