SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2385/2012
Fecha: 22-Nov-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante señala vulnerado su derecho al debido proceso, en razón de que los demandados, emitieron el Auto Supremo 369 de 4 de agosto de 2010, aplicando de manera indebida y retroactiva los DD.SS. 27800 de 21 de octubre de 2004 y 28404 de 21 de octubre de 2005, a hechos generados en septiembre y octubre de 2003, por parte de la Planta Industrial Don Guillermo Ltda., que previa verificación de su conducta impositiva dio lugar a la Resolución Determinativa GGSC-DTJC 239/2007 de 14 de junio, por el que la referida empresa se constituyó en deudor de Bs 2 744,681.- a favor del Estado, por concepto de ingresos no declarados que surgieron por servicios no facturados y ventas no declaradas; situación extrañada por la parte accionante, cuando en audiencia señaló que en el informe de los demandados no hicieron referencia del por que aplicaron retroactivamente los impugnados Decretos Supremos. En consecuencia, corresponde analizar si efectivamente hubo o no vulneración de sus derechos.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- a)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Alcances y naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. El debido proceso y la fundamentación de las resoluciones
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR