SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2418/2012
Fecha: 22-Nov-2012
4)
el exceso de privación de libertad en el tiempo, ya que la ley señala que cuando una autoridad ingresa a un domicilio con una orden de allanamiento, puede emitir el correspondiente mandamiento de las personas que se encuentran en el inmueble pero no por más de ocho horas a partir del inicio de la investigación; 4) La Fiscal actuó con perjuicio de los derechos y garantías constitucionales de los procesados, la privación de libertad por más de ocho horas en una diligencia que tiene sus propias normas vulnera el derecho a la libertad como dice la Constitución Política del Estado, que la acción de libertad puede contener una decisión que se exprese y determine guardar el derecho a la vida; y, 5) Razones por demás evidentes para que se restablezcan las formalidades y se dejen sin efecto todos los actos posteriores a la detención, que no tienen validez porque surgieron de una persecución indebida.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- 4)
- i)
- a)
- denegó
- I.3. Consideraciones de la Sala
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Finalidad y alcances de la acción de libertad
- III.2. Procedencia de la acción de libertad
- III.3. Obligación de acudir ante el juez cautelar cuando el mismo ya tiene el control jurisdiccional
- III.4. Análisis concreto del caso
- CONFIRMAR