Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2446/2012
Fecha: 22-Nov-2012
II.2.
II.2. Por Resolución 362/2011 de 23 de mayo, cursante de fs. 28 a 29, Rolando Sarmiento Tórrez, Juez Noveno de Instrucción en lo Penal, declaró la rebeldía del demandado Alberto Pablo Uscamayta Llanos, en el día emitió el mandamiento de aprehensión en su contra, con el que fue aprehendido el 27 de junio de 2011, para luego ser conducido a las celdas de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen de la zona sud (fs. 33 y 34 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- concede
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de Libertad
- III.2. Alcances de la acción de libertad cuando se alega aprehensión ilegal o indebida
- requiere la presencia del imputado para garantizar el derecho a la defensa y la vigencia de la inmediación y oralidad que rige el nuevo proceso penal, cuya inobservancia significa una lesión del derecho a la defensa y transgresión de los principios de oralidad e inmediación
- Fragmento 13
- III.4. Excepción a la legitimación pasiva
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR