SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2446/2012
Fecha: 22-Nov-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante, alega la vulneración de sus derechos a la libertad y a la locomoción, por cuanto dentro del proceso penal iniciado contra su representado éste fue imputado por los delitos de “allanamiento de domicilio y otros” y sin que estuviera presente en la audiencia de medidas cautelares, el Juez Noveno de Instrucción en lo Penal, declaró su rebeldía disponiendo su aprehensión; no obstante, purgando su rebeldía se apersonó al mismo Juzgado, donde la referida autoridad dispuso dejar sin efecto lo anteriormente resuelto, y habiéndose apersonado ante el Fiscal a objeto de hacer conocer tal extremo; no obstante, fue aprehendido y trasladado a celdas de la FELCC; habiéndose, señalado audiencia de medidas cautelares para el 28 de junio de 2011, no se llevó adelante debido a la recusación al citado Juez, después de otra recusación se remitió antecedentes ante el Juez ahora demandado, quien también fue recusado y dispuso la remisión de antecedentes al Juez de Instrucción del El Alto, de modo que continuaba detenido. En consecuencia, corresponde verificar, en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos a los derechos fundamentales o garantías constitucionales del accionante, a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- concede
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de Libertad
- III.2. Alcances de la acción de libertad cuando se alega aprehensión ilegal o indebida
- requiere la presencia del imputado para garantizar el derecho a la defensa y la vigencia de la inmediación y oralidad que rige el nuevo proceso penal, cuya inobservancia significa una lesión del derecho a la defensa y transgresión de los principios de oralidad e inmediación
- Fragmento 13
- III.4. Excepción a la legitimación pasiva
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR