SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2448/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2448/2012

Fecha: 22-Nov-2012

1)

Clemente Camargo Bautista, Jilir Mallku; Hernan Callisaya Ramirez, Sullca Mallku; Francisco Chuquimia Choque, Colque Kamani; y Jhonny Ramirez Callisaya, Yanapiri Kamani, mediante informe verbal cursante a fs. 40 vta. a 41, de obrados, informaron: 1) En calidad de autoridades del ayllu Yanarico, en su periodo de gestión recibieron una demanda de Erasmo Ticona Quenta, luego citándose a Alejandra Choque Acarapi, oriunda de esta comunidad, manteniendo ambos una relación sentimental y al tener su propio Estatuto Orgánico y Reglamento de acuerdo a los “usos y costumbres” y al no poder resolver el problema pasa a la asamblea, como sucedió en la actualidad; 2) Es evidente que el adulterio no es un delito, pero en la justicia comunitaria sí lo es, por los “usos y costumbres” de los aymaras; y, 3) Se tiene pruebas y documentación, sin embargo, para esta audiencia de acción de amparo constitucional, no fueron notificados dentro de las veinticuatro horas que señala la Constitución Política del Estado.

Tomás Cruz Choque, Jalja Mallku; Jorge Choque Quispe, Qilca Mallku; Sabino Cruz Gutierrez, Yapu Kamani; Eusebia Juchani, Tantachiri Kamani; Jorge Cruz, Uywa Kamani; y, Basilia Quispe Mamani, Taqui Kamani, pese a su legal citación, no se hicieron presentes a la audiencia programada, ni presentaron informe.