Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2459/2012
Fecha: 22-Nov-2012
el carácter informador del ordenamiento jurídico, que tienen los principios; carácter que, de acuerdo a la doctrina, implica que estos principios son directrices para la elaboración de las leyes y para la labor interpretativa, además de ser un parámetro para determinar la inconstitucionalidad de las normas
Las funciones anotadas, coinciden con el carácter informador del ordenamiento jurídico, que tienen los principios; carácter que, de acuerdo a la doctrina, implica que estos principios son directrices para la elaboración de las leyes y para la labor interpretativa, además de ser un parámetro para determinar la inconstitucionalidad de las normas…” (las negrillas nos corresponden).
- acción de inconstitucionalidad concreta
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- rechazó
- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- sin adjuntar resolución que acreditara su legitimación o personería
- II.1.
- II.2.
- III.1. Naturaleza, alcances y requisitos para el análisis de fondo de la acción de inconstitucionalidad concreta
- Garantizar el cumplimiento de los principios
- el carácter informador del ordenamiento jurídico, que tienen los principios; carácter que, de acuerdo a la doctrina, implica que estos principios son directrices para la elaboración de las leyes y para la labor interpretativa, además de ser un parámetro para determinar la inconstitucionalidad de las normas
- III.3. Respecto a la falta de fundamentación entre la norma impugnada de inconstitucionalidad y los preceptos constitucionales que se creen conculcados
- III.4. La RA 03/2011 de 2 de febrero y la acción de inconstitucionalidad concreta
- III.4.1. Respecto a la falta de fundamentación
- IMPROCEDENCIA