Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2459/2012
Fecha: 22-Nov-2012
sin adjuntar resolución que acreditara su legitimación o personería
Gustavo Marconi Ojeda, alegando haber sido designado como Director Técnico del SEDES La Paz, sin adjuntar resolución que acreditara su legitimación o personería, se apersonó mediante memorial de 11 de octubre de 2012, interponiendo “incidente de nulidad de notificación”, no respondiendo a la acción (fs. 90 a 92), solicitud que fue desvirtuada por la Comisión de Admisión de este Tribunal, en mérito de haberse notificado al mismo observando el procedimiento (fs. 93).
- acción de inconstitucionalidad concreta
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- rechazó
- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- sin adjuntar resolución que acreditara su legitimación o personería
- II.1.
- II.2.
- III.1. Naturaleza, alcances y requisitos para el análisis de fondo de la acción de inconstitucionalidad concreta
- Garantizar el cumplimiento de los principios
- el carácter informador del ordenamiento jurídico, que tienen los principios; carácter que, de acuerdo a la doctrina, implica que estos principios son directrices para la elaboración de las leyes y para la labor interpretativa, además de ser un parámetro para determinar la inconstitucionalidad de las normas
- III.3. Respecto a la falta de fundamentación entre la norma impugnada de inconstitucionalidad y los preceptos constitucionales que se creen conculcados
- III.4. La RA 03/2011 de 2 de febrero y la acción de inconstitucionalidad concreta
- III.4.1. Respecto a la falta de fundamentación
- IMPROCEDENCIA