SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2477/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2477/2012

Fecha: 28-Nov-2012

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante señala que los Vocales ahora demandados, no obstante que revocaron la detención preventiva impuesta por el Juez cautelar imponiéndole medidas sustitutivas; sin embargo, no libraron mandamiento de libertad a su favor inmediatamente, condicionando su libertad personal al cumplimiento previo de las medidas sustitutivas en errónea aplicación de la norma contenida en el art. 245 del Código de Procedimiento Penal (CPP), que impone tal deber cuando se trata de una cesación a la detención preventiva y no como en su caso una revocatoria de la detención preventiva.