SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2479/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2479/2012

Fecha: 28-Nov-2012

Fragmento 18

         De acuerdo a la revisión del memorial de interposición de la acción se puede observar que indica como acto lesivo la falta de petición de la extinción de la acción penal dentro del proceso penal instaurado en contra de la accionante y otros, tanto por parte de los Jueces ahora demandados y la Defensora de Oficio designada, asimismo se advierte que en su petitorio solicita que dichos Jueces emitan el mandamiento de libertad y se deje sin efecto el Auto Supremo 26/2012, dictado por los Ministros de la Sala Penal Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, siendo que a través de la Sentencia de 31 de mayo de 2004, se le condenó a cumplir la pena de doce años de presidio, misma que ya se encuentra ejecutoriada; entonces, se puede colegir que el abogado de la parte accionante pretende conseguir la tutela al derecho a la libertad a través de la presente acción y otros derechos y principios señalados; al respecto es preciso aclarar previamente, conforme al Fundamento Jurídico III.1 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, que la protección concedida por la acción de libertad en lo concerniente al debido proceso, no abarca a todas las formas que puede ser vulnerado sino solamente para aquellos casos en los que se encuentran vinculados directamente al derecho a la libertad física y de locomoción; caso contrario, deberá ser tutelado mediante la acción de amparo constitucional.